¿Cómo se regulan los permisos de los parlamentarios para viajar al extranjero?

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La legislación actual sólo exige un permiso constitucional cuando se ausentan por más de 30 días del país. En aquel permiso no se pide especificar las razones del viaje e igualmente se paga la dieta parlamentaria.

Sólo cuatro líneas tiene el artículo de la Constitución que regula los viajes de los senadores y diputados al extranjero, en cualquier período del año.

La norma señala que los parlamentarios sólo deben pedir un permiso constitucional cuando se ausentarán por más de 30 días del país. Dicho permiso debe ser ingresado por la Secretaría de la Cámara respectiva y luego ser aprobada por la Sala.

“Cesará en el cargo el diputado o senador que se ausentare del país por más de treinta días sin permiso de la Cámara a que pertenezca o, en receso de ella, de su Presidente”, estipula el artículo 60 de la Carta Fundamental.

Sin embargo, muchos parlamentarios se ausentan de sus labores por realizar viajes familiares o recreacionales, como por ejemplo el caso del senador Jorge Pizarro (DC), quien viajó a Inglaterra para presenciar el Mundial de Rugby un días después de la catástrofe que azotó a su circunscripción.

En conversación con La Tercera, el director de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Senado, Roberto Bustos,explicó los alcances que tiene la norma actual en relación a los viajes de los parlamentarios.

Vacaciones

En primer lugar, el funcionario de la Cámara Alta detalló que los parlamentarios no tienen vacaciones. “Es un trabajo 24/7”, expresó.

“No se en qué minuto ellos tienen descanso, porque si no están legislado están haciendo su trabajo de representación” en sus distritos o circunscripciones respectivas, sostiene Bustos.

Sobre el receso legislativo del mes de febrero en el cual muchos parlamentarios aprovechan para viajar fuera del país, Bustos explica que “acá lo que hay es un receso legislativo, pero no significa que ellos dejen de trabajar en su función que es la representación”.

¿Entonces por qué los parlamentarios pueden ausentarse del país?

Según señala el director de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Senado, la Constitución no obliga a los legisladores a especificar las razones de su viaje, por lo que pueden ausentarse del país por la razón que estimen conveniente.

El único motivo por el cual la Sala podría negarle el permiso, es cuando su ausencia contribuye a que no se cumpla el quorum necesario para despachar un proyecto determinado.

“No hay que tener razones especiales para pedir permiso”, enfatiza Bustos, añadiendo que “la Constitución en ningún minuto pide explicaciones”.

¿Se les paga igual la dieta parlamentaria?

Efectivamente, el funcionario del Senado explica que la dieta “se paga a todo evento”, es decir, el monto fijo que estipula la norma como remuneración para cada legislador se les paga durante todo el año, estén o no en el país.

Sin embargo, Roberto Burgos explicó que la nueva mesa de la Cámara Alta, encabezada por Patricio Walker (DC), está tramitando una nueva reglamentación al respecto. El objetivo del proyecto será que se rebaje de la dieta parlamentaria los días no trabajados.

Fuente: La Tercera


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