![]()
A más de seis años del fallecimiento de Karin Salgado, el Segundo Juzgado Civil de Chillán dictó una sentencia histórica al establecer la responsabilidad del Servicio de Salud de Ñuble en su muerte, reconociendo que fue víctima de acoso laboral “sistemático y persistente”, con un nexo causal directo con su suicidio. El fallo, aunque póstumo, marca un precedente inédito en la jurisprudencia chilena y vuelve a poner en el centro la urgencia de prevenir la violencia laboral en el sector público y privado.
En conversación exclusiva con El Carrascal, Claudia Salgado, hermana de Karin y una de las principales impulsoras de la ley que hoy lleva su nombre, calificó la sentencia como “un reconocimiento de la verdad por la que Karin luchó hasta el final”.
“Durante años sentimos que la voz de mi amada hermana no fue escuchada. Que un tribunal diga que Karin fue víctima de acoso laboral de manera sistemática y persistente, y que esto tuvo consecuencias reales, es un acto de reparación y dignificación que no tiene precio”, afirmó.

“No murió por fragilidad, murió por violencia”
Para la familia, el fallo despeja definitivamente los intentos por relativizar o individualizar la responsabilidad en la muerte de Karin Salgado.
“Este fallo reconoce oficialmente que Karin no murió ‘porque sí’ ni por una fragilidad individual. Existió un nexo causal claro, robusto y consistente: el acoso laboral la empujó al suicidio. No fue un hecho aislado, no fue una decisión libre, fue el resultado de una violencia sostenida, invisibilizada y tolerada por quienes tenían la obligación de protegerla”, señaló Claudia Salgado.
La sentencia también deja en evidencia una cadena de omisiones institucionales: alertas ignoradas, protocolos no aplicados y jefaturas que no actuaron, pese a las denuncias y solicitudes de ayuda.
Acoso desde la jefatura y abandono institucional
Según el relato de su hermana, Karin fue sometida a hostigamiento directo desde su jefatura, con prácticas como el aislamiento laboral, la prohibición de hablarle a sus compañeros, la negación de reconocimientos y tareas humillantes que no correspondían a su cargo.
“La mutilaron psicológicamente a diario. Karin fue dejada en total abandono, en una institución donde trabajó por más de catorce años, no la protegieron a ella, protegieron a sus acosadores”, denunció.
Pese a haber manifestado formalmente lo que vivía, y a que colegas cercanos solicitaron ayuda para ella, no se activaron mecanismos reales de protección. Por el contrario, Claudia Salgado sostiene que el sumario administrativo operó como un castigo encubierto por haber dicho la verdad.
El rol del Estado y la responsabilidad estructural
El tribunal fue categórico al establecer el incumplimiento grave del deber de seguridad del empleador. Para la familia, cuando el empleador es el Estado, la responsabilidad es aún mayor.
“Cuando el acoso ocurre en un servicio de salud público no es una tragedia inevitable, es la prueba brutal de que el Estado falló antes de que la muerte ocurriera. No prevenir, no investigar y no proteger es ser cómplice”, afirmó.
Un fallo que interpela al sistema y a la cultura laboral
Claudia Salgado espera que esta sentencia no quede solo como un hito jurídico, sino que se transforme en un límite ético para las instituciones.
“El acoso laboral mata, aunque no siempre deje huellas visibles. La justicia tardía no repara la ausencia, pero puede y debe impedir nuevas muertes”, sostuvo.
En ese sentido, subrayó la importancia de la Ley Karin (21.643), que establece obligaciones claras en materia de prevención, protección y sanción del acoso laboral.
“No prevenir es permitir que la violencia avance hasta consecuencias irreversibles. Cuando se comprueba el acoso, los agresores deben salir del sistema. No pueden seguir ejerciendo cargos públicos”, enfatizó.

El rol del Estado y el sentido de la Ley Karin
Consultada por El Carrascal tras el histórico fallo del Segundo Juzgado Civil de Chillán, la diputada Erika Olivera, autora de la Ley Karin, señaló que la sentencia confirma de manera categórica las falencias estructurales del Estado como empleador, al normalizar durante años el acoso laboral, invisibilizar denuncias y fallar en su deber básico de proteger la vida y la dignidad de sus trabajadores.
La parlamentaria recordó que la ley nace precisamente de la historia de Karin Salgado, funcionaria del Hospital de Chillán, y busca cambiar una lógica institucional reactiva por una preventiva, con obligaciones claras para jefaturas y servicios públicos frente al maltrato y el hostigamiento laboral.
Respecto a los riesgos de que la normativa quede solo en el plano declarativo, Olivera advirtió que la Ley Karin exige un cambio cultural profundo, capacitación permanente y una fiscalización efectiva. Subrayó que la inacción frente al acoso también constituye una forma de violencia y no puede quedar impune, recalcando la necesidad de investigaciones oportunas y sanciones reales dentro de plazos razonables.
Finalmente, destacó que la principal garantía que hoy entrega la Ley Karin es la obligación legal de investigar las denuncias, adoptar medidas de resguardo inmediatas y proteger a las personas denunciantes, interviniendo antes de que el daño sea irreversible. Si bien reconoció dificultades en su implementación inicial, afirmó que uno de los avances más relevantes es que “ya no se espera a que ocurra una tragedia para actuar”.
Un mensaje a Quinta Normal: memoria y prevención
Finalmente, Claudia Salgado envió un mensaje directo a las vecinas y vecinos de Quinta Normal.
“La memoria de Karin debe inspirarnos a escuchar, a cuidar y a proteger. Al trabajo vamos a ganarnos la vida, no a perderla. La ley es su legado y una promesa de justicia para quienes aún sufren en silencio”.
La familia de Karin Salgado espera que este fallo marque un antes y un después: que la verdad no vuelva a ser castigada y que ninguna trabajadora o trabajador tenga que morir para ser escuchado.
Ver también

Quintanormalino, Co-fundador de “El Carrascal”.


