Contraloría delimita funciones de concejales y descarta gestiones por intereses particulares

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El organismo recordó que las autoridades comunales deben actuar bajo el principio de probidad, priorizando el interés general por sobre solicitudes individuales de vecinos.

La Contraloría General de la República de Chile aclaró el alcance de las funciones de los concejales, estableciendo que no están facultados para gestionar intereses particulares ante el municipio, como intervenir directamente frente al alcalde o funcionarios en favor de solicitudes individuales de vecinos.

El pronunciamiento del organismo contralor señala que, si bien los concejales cumplen un rol fiscalizador, normativo y resolutivo dentro de los municipios, estas atribuciones deben ejercerse siempre dentro del marco legal y orientadas al interés general, conforme a los principios de probidad administrativa.

La aclaración surge a partir de consultas realizadas por concejales de las municipalidades de Futaleufú y Estación Central, quienes solicitaron precisar el alcance de un dictamen previo emitido en 2025. En particular, buscaban establecer si podían canalizar requerimientos vecinales no resueltos o intervenir ante autoridades municipales en casos específicos.

Tras analizar la normativa vigente, la Contraloría recordó que la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades establece las funciones del concejo municipal, las cuales deben ejercerse respetando el principio de juridicidad. Asimismo, enfatizó que el artículo 8° de la Constitución y la Ley N° 18.575 sobre Bases Generales de la Administración del Estado obligan a las autoridades a mantener una conducta intachable y a privilegiar el bien común por sobre intereses particulares.

En nuestra comuna de Quinta Normal, esta definición cobra especial relevancia, considerando que vecinos suelen recurrir a concejales para canalizar problemáticas locales, como seguridad, luminarias, áreas verdes o mantención del arbolado urbano.

Con este nuevo alcance, los concejales deberán enfocar su labor en la fiscalización y en la generación de políticas comunales, evitando gestiones directas en casos individuales, lo que podría modificar la forma en que históricamente se han tramitado demandas vecinales en el territorio.

No obstante, el organismo no impide que los concejales conozcan las problemáticas de la comunidad, sino que establece que su rol debe centrarse en promover soluciones de carácter general, sin intervenir en favor de casos particulares ante la administración municipal.

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